Ante todo, te conviene saber que nunca operamos fuera de la legalidad.
En estos momentos las actividades con drones se regulan según el Real Decreto 1036/2017, de 15 de diciembre, por el que se regula la utilización civil de las aeronaves pilotadas por control remoto.
A continuación se detallan una serie de cosas que la ley no permite, sólo en escenarios muy concretos. Por tu seguridad y la de los demás, debemos ser especilmente precavidos al estudiar propuestas que incluyan:
- Volar sobre edificios o núcleos urbanos.
- Volar sobre aglomeraciones de personas.
- Volar de noche.
- Volar con condiciones meteorológicas adversas.
- Volar en espacio aéreo controlado, Prohibido o Restringido.
Si tienes pensado contratar servicios con dron que implican volar en algunas de estas condiciones, debes informarte de la mano de un piloto cualificado de qué se puede hacer y qué no, cuáles son los impedimentos y qué procedimientos hay que seguir para volar legalmente y con seguridad. Lo primero que haremos si quieres contar con nuestros servicios será asegurarnos de que la operación es viable según estos términos. Para ello haremos un estudio detallado de la aeronavegabilidad de la zona, y a menudo implica realizar estudios de seguridad, tramitar permisos con ministerios y la AESA, llevar equipamiento específico y contar con personal adicional, por lo que suele incurrir en mayores costes de la operación. Si por alguno de los motivos expuestos el trabajo no se puede realizar, buscaremos contigo una alternativa para que tu idea salga adelante.
Si tienes cualquier duda te recomendamos que nos la consultes.